
La mayoría de las personas detenidas por ICE (Immigration and Customs Enforcement, Servicio de Inmigración y Control de Aduanas) obtienen su liberación solicitando a un juez de inmigración una audiencia de fianza conforme a la INA 236(a), en la que el juez puede fijar una fianza de al menos $1,500 si la persona demuestra que no es un peligro y que se presentará ante el tribunal. Si el gobierno sostiene que la persona no tiene derecho a fianza (por la detención obligatoria de la INA 236(c) o por su postura de que toda persona que entró sin inspección debe permanecer detenida), el recurso es una petición de hábeas corpus conforme al 28 U.S.C. 2241 ante el tribunal federal de distrito donde se encuentra detenida la persona, y una solicitud de parole (libertad condicional migratoria) a ICE debe tramitarse en paralelo con ambas vías.
Pregunta frecuente relacionada: ¿Cómo saco a alguien de la detención de ICE?
¿Cómo encuentro a alguien que ICE ha detenido?
Use el ICE Online Detainee Locator System (sistema de localización de detenidos en línea de ICE). Puede buscar por número A (A-number) y país de nacimiento, o por nombre y apellido exactos y país de nacimiento. La ortografía debe coincidir con los registros de ICE, así que pruebe variantes (ambos apellidos, con y sin tildes). Hay dos limitaciones importantes: las personas menores de 18 años no aparecen, y un resultado de "not in custody" (no está bajo custodia) significa una liberación en los últimos 60 días, lo que puede incluir una deportación. Si la búsqueda no da resultado, llame a la oficina local de Enforcement and Removal Operations (Operaciones de Control y Deportación, ERO) de ICE de la zona donde ocurrió el arresto. Con frecuencia se traslada a las personas en cuestión de horas, así que vuelva a buscar antes de cada llamada.
¿Quién puede obtener una audiencia de fianza?
Una persona detenida conforme a la INA 236(a) (8 U.S.C. 1226(a)) puede ser liberada con una "bond of at least $1,500" (fianza de al menos $1,500). ICE toma la primera decisión sobre la custodia. Si ICE no fija fianza o fija una fianza que la familia no puede pagar, la persona detenida puede pedir al tribunal de inmigración que vuelva a determinar la custodia conforme al 8 CFR 1236.1(d) y el 8 CFR 1003.19. La solicitud puede hacerse por escrito o de forma oral, ante el tribunal de inmigración del lugar donde la persona está detenida.
El estándar legal es si la liberación representaría un peligro para las personas o los bienes y si es probable que la persona comparezca (8 CFR 1236.1(c)(8)). Los jueces ponderan factores como los lazos familiares, el tiempo de residencia, el empleo, los antecedentes penales y el historial migratorio (Matter of Guerra, 24 I&N Dec. 37 (BIA 2006)). En Massachusetts y el resto del Primer Circuito, el debido proceso impone la carga de la prueba al gobierno: debe probar la peligrosidad mediante evidencia clara y convincente o el riesgo de fuga según la preponderancia de la evidencia (Hernandez-Lara v. Lyons, 10 F.4th 19 (1st Cir. Aug. 19, 2021)).
Tres reglas definen la estrategia:
- Una sola oportunidad real. Después de la primera redeterminación, una nueva solicitud solo se escucha si se demuestra que las circunstancias "have changed materially" (han cambiado de manera sustancial) (8 CFR 1003.19(e)). Presente el paquete completo de evidencia la primera vez.
- Suspensión automática. Si ICE ordenó que no hubiera fianza o fijó una fianza de $10,000 o más, ICE puede congelar la orden de liberación de un juez presentando el Formulario EOIR-43 dentro de un día hábil (8 CFR 1003.19(i)(2)).
- Apelación. Cualquiera de las partes puede apelar una decisión de fianza ante la Board of Immigration Appeals (Junta de Apelaciones de Inmigración, BIA) (8 CFR 1236.1(d)(3)).
¿Quién no tiene derecho a fianza?
Detención obligatoria conforme a la INA 236(c). Los jueces de inmigración no pueden fijar fianza para las personas descritas en el 8 U.S.C. 1226(c)(1): ciertas causales penales de inadmisibilidad o deportabilidad, causales de terrorismo y, desde la Laken Riley Act de 2025, las personas inadmisibles por entrada sin inspección, declaración falsa o falta de documentos que estén acusadas de, hayan sido arrestadas por, hayan sido condenadas por, o admitan haber cometido robo con allanamiento (burglary), hurto (theft, larceny), hurto en tiendas (shoplifting), agresión a un agente del orden, o un delito que cause la muerte o lesiones corporales graves. Una persona aún puede pedir al juez que determine que "not properly included" (no está debidamente comprendida) en esas categorías (8 CFR 1003.19(h)(2)(ii); Matter of Joseph, 22 I&N Dec. 799 (BIA 1999)).
Extranjeros que llegan (arriving aliens). Las personas detenidas en un puerto de entrada quedan fuera de la facultad del juez para fijar fianza (8 CFR 1003.19(h)(2)(i)(B)); su liberación se tramita mediante parole.
Personas que entraron sin inspección: la categoría en disputa. En Matter of Yajure Hurtado, 29 I&N Dec. 216 (BIA Sept. 5, 2025), la Junta resolvió que los jueces de inmigración "lack authority to hear bond requests or to grant bond to aliens who are present in the United States without admission" (carecen de facultad para escuchar solicitudes de fianza o para otorgar fianza a extranjeros que están presentes en los Estados Unidos sin haber sido admitidos), y los trató como detenidos conforme a la INA 235(b)(2)(A), sin importar cuánto tiempo hayan vivido aquí. Los tribunales federales han rechazado en gran medida esa interpretación. La siguiente sección expone la situación actual.
La situación, en términos precisos
- Matter of Yajure Hurtado sigue siendo un precedente publicado de la BIA. La Junta no lo ha retirado.
- Demanda colectiva a nivel nacional. En Maldonado Bautista v. Santacruz, No. 5:25-cv-01873 (C.D. Cal.), el tribunal certificó una clase a nivel nacional (25 de noviembre de 2025), dictó una sentencia declarativa según la cual los miembros de la clase están detenidos conforme a la 236(a) y tienen derecho a que se considere una fianza (18 de diciembre de 2025), y anuló Yajure Hurtado conforme a la Administrative Procedure Act (Ley de Procedimiento Administrativo) (18 de febrero de 2026). El 31 de marzo de 2026, el Noveno Circuito (No. 26-1044) suspendió esas órdenes en la medida en que se extienden más allá del Distrito Central de California. La apelación está pendiente.
- Massachusetts. En Guerrero Orellana v. Moniz, Nos. 25-2152 and 26-1094 (1st Cir. Aug. 13, 2026), el Primer Circuito resolvió que "seeking admission" (solicitar la admisión) significa solicitar una entrada legal, de modo que una persona que entró sin inspección y fue arrestada después dentro del país está detenida conforme a la 236(a) y puede solicitar fianza. El tribunal confirmó la reparación colectiva que abarca a las personas arrestadas o detenidas en Massachusetts o dentro de la jurisdicción de un tribunal de inmigración de Massachusetts que nunca fueron admitidas ni recibieron parole, excluidas las personas en deportación expedita (expedited removal) o sujetas a la 236(c).
- División entre circuitos. El Sexto Circuito llegó al mismo resultado en Lopez-Campos v. Raycraft, No. 25-1965 (6th Cir. May 11, 2026). Según el seguimiento de CLINIC del 11 de septiembre de 2026, los Circuitos Segundo, Tercero, Cuarto, Séptimo, Noveno, Décimo y Undécimo también rechazaron la detención obligatoria para las personas arrestadas en el interior del país, mientras que el Quinto Circuito (Buenrostro-Mendez v. Bondi, No. 25-20496) y el Octavo Circuito (Avila v. Bondi, No. 25-3248) se pronunciaron a favor del gobierno. El Quinto Circuito escuchó alegatos en pleno (en banc) sobre una cuestión relacionada de debido proceso el 24 de septiembre de 2026.
- Corte Suprema. La petición del gobierno en Putra v. Lopez-Campos, No. 25-1415, está distribuida para la conferencia del 28 de septiembre de 2026. La distribución no equivale a la admisión del caso a revisión. Hay peticiones relacionadas (Nos. 26-104 y 26-43) pendientes.
Qué significa esto en la práctica: el lugar donde la persona está detenida hoy decide si obtiene una audiencia de fianza, y eso podría cambiar rápidamente si la Corte Suprema acepta el tema.
¿Cuándo es el hábeas corpus la respuesta?
Una petición de hábeas corpus conforme al 28 U.S.C. 2241 pide a un juez federal de distrito que ordene la liberación, o que ordene una audiencia de fianza adecuada desde el punto de vista constitucional, cuando la detención es ilegal. Es la herramienta correcta cuando:
- ICE o el tribunal de inmigración niegan una audiencia de fianza con base en Yajure Hurtado o en una imputación disputada de la 236(c);
- la detención se ha prolongado sin una revisión significativa; o
- en la audiencia de fianza se aplicó un estándar legal o una carga de la prueba incorrectos.
Presente la petición en el distrito donde la persona está recluida, designando al custodio inmediato (por lo general, el director o superintendente del centro de detención) junto con funcionarios de ICE (Rumsfeld v. Padilla, 542 U.S. 426 (2004)). La disposición que protege de revisión judicial las decisiones discrecionales sobre fianza, el 8 U.S.C. 1226(e), no impide impugnar el marco legal de la detención (Jennings v. Rodriguez, 583 U.S. 281 (2018)). La rapidez importa porque un traslado a otro estado puede complicar la determinación del tribunal competente, así que el abogado debería considerar pedir al tribunal, al presentar la petición, que prohíba el traslado mientras la petición esté pendiente.
¿Y el parole?
Para los extranjeros que llegan (arriving aliens) y otras personas que ICE considera detenidas conforme a la INA 235, la liberación se tramita mediante parole conforme a la INA 212(d)(5)(A) y el 8 CFR 212.5(b), que enumera causales humanitarias como afecciones médicas graves, embarazo y casos en que la detención continuada no es de interés público. Para las personas detenidas conforme a la 236(a), ICE también puede otorgar parole condicional o la liberación bajo palabra (release on recognizance) (8 U.S.C. 1226(a)(2)(B)). Una solicitud de parole por escrito a la oficina local de ICE no tiene costo, y debe presentarse junto con una solicitud de fianza o una petición de hábeas corpus, nunca en lugar de ellas.
¿Cómo se paga la fianza?
Un ciudadano estadounidense o residente permanente legal, un bufete de abogados o una organización sin fines de lucro puede depositar una fianza de comparecencia (delivery bond) mediante el sistema en línea CeBONDS de ICE, con pago por Fedwire o ACH. La persona que deposita la fianza (el obligado, u obligor) necesita prueba de su estatus, como un pasaporte o una green card. Las oficinas locales de ICE pueden aceptar a obligados que se presenten en persona, según el caso.
Qué hacer en las primeras 48 horas
- Busque en el Online Detainee Locator con el número A y el país de nacimiento; anote el nombre del centro de detención.
- Llame a un abogado de inmigración el mismo día. Las decisiones sobre fianza, parole y hábeas corpus dependen de dónde y en virtud de qué disposición legal está detenida la persona.
- Indique a la persona detenida que no firme nada, en especial documentos de salida voluntaria (voluntary departure) o de deportación estipulada (stipulated removal), antes de hablar con un abogado.
- Reúna el paquete para la fianza: prueba de identidad y domicilio, años de residencia, declaraciones de impuestos, talones de pago, actas de nacimiento de los hijos ciudadanos estadounidenses, cartas de empleadores, líderes religiosos y miembros de la comunidad, y un patrocinador dispuesto a alojar a la persona.
- Reúna todos los antecedentes penales, incluidos los cargos desestimados. Según la Laken Riley Act, un arresto por sí solo puede activar la detención obligatoria.
- Identifique al obligado (ciudadano estadounidense o residente permanente) y confirme que puede pagar por Fedwire o ACH.
- Si ICE o el tribunal dicen que no es posible una audiencia de fianza, consulte de inmediato con el abogado sobre una petición de hábeas corpus, antes de que ocurra un traslado.
Lecturas relacionadas
- Práctica de litigio federal y apelaciones de inmigración de Samper Law
- ¿Cómo saco a alguien de la detención de ICE?
- Suing USCIS for Delay: When to File a Mandamus Lawsuit, What Happens, and Typical Results (en inglés)
- When to Sue USCIS for Delay, and When You Will Lose (en inglés)
Fuentes
- 8 U.S.C. 1226 (INA 236), including 1226(a)(2)(A) and 1226(c)(1)(E)
- 8 CFR 1003.19, custody and bond redetermination
- 8 CFR 1236.1, apprehension, custody and release
- Matter of Yajure Hurtado, 29 I&N Dec. 216 (BIA 2025)
- Guerrero Orellana v. Moniz, Nos. 25-2152, 26-1094 (1st Cir. Aug. 13, 2026)
- Hernandez-Lara v. Lyons, No. 19-2019 (1st Cir. Aug. 19, 2021)
- Lopez-Campos v. Raycraft, No. 25-1965 (6th Cir. May 11, 2026)
- Supreme Court docket, Putra v. Lopez-Campos, No. 25-1415
- Maldonado Bautista v. Santacruz, No. 5:25-cv-01873 (C.D. Cal.), case record
- CLINIC, "A Circuit Split Ripe for Review" (September 11, 2026)
- ICE Online Detainee Locator System y folleto del localizador de ICE
- ICE, Post a Bond
Información vigente al 25 de septiembre de 2026.
Este artículo se ofrece únicamente con fines informativos generales y no constituye asesoría legal ni crea una relación abogado y cliente. Las leyes de inmigración y las políticas de las agencias cambian con frecuencia; el análisis anterior refleja nuestra interpretación a la fecha indicada. Los lectores deben consultar a un abogado sobre sus circunstancias particulares.
Esta es una traducción al español del artículo original en inglés: Getting Someone Out of ICE Detention: Bond Hearings and Habeas Corpus Explained.

A former prosecutor and formidable trial attorney, Maeve commands complex federal and state litigation with an insider's mastery of courtroom and prosecutorial strategy.

